Gestión de hoteles y restaurantes

El cliente y el restaurante: derechos y obligaciones

10 febrero, 2022

Uno de los grandes hándicaps culturales en España es que tanto en calidad de cliente como de prestador de servicios o soluciones, las personas desconocemos la legislación que regula nuestros derechos, nuestras obligaciones y por extensión, nuestra actividad y claro, con estos antecedentes, es normal que aumente la probabilidad de que los problemas se nos reproduzcan de manera exponencial a cada paso que damos.

Hay sectores que vienen ya de lejos, adaptando sus condiciones económicas a las curvas de oferta y demanda, incorporando a la ecuación el coste de sus suministros, de la materia prima, de producción, etc., de tal manera que las “tarifas anuales” van dando paso a una “customización” de la oferta ante cada oportunidad de negocio que va surgiendo, por lo que el listado de precios no es raro verlo fluctuar constantemente.

Si nos centramos en el sector hostelero, caracterizado todavía por la temporalidad en sus curvas, queda claro que el hacerse con suministros suficientes para atender una demanda se ha convertido en una operación de riesgo, máxime si tenemos en cuenta que con la incertidumbre actual provocada por la Covid-19, una reserva se puede caer en menos que canta un gallo o dependiendo de la CCAA donde tengamos localizado el negocio.

Por ello, el debate sobre si es legal o no que nos cobren por hacer una reservar en un restaurante, se abre una y otra vez, sobre todo en fechas sociales señaladas en que los precios pueden verse incrementados en muchas ocasiones y esa subida incluso no esté justificada.

En resumidas cuentas, sí es legal el cobro anticipado por una reserva de una mesa, pero también es cierto que esa cantidad debe ser descontada luego del precio final de la nota, debiendo contemplarse además su anulación y reembolso incluido cuando el cliente justifique causa de fuerza mayor que le haya impedido acudir al restaurante.

El problema, una vez más, es que en determinados sectores o para la reserva de determinados servicios o productos ni se nos ocurre discutir, como por ejemplo, cuando reservamos una habitación de hotel donde es necesario dar un número de tarjeta de crédito o débito como garantía contra el que el establecimiento hará un cargo caso de que no anulemos en tiempo y forma o por ejemplo, cuando reservamos un artículo y el comercio nos obliga a dejar una señal en depósito a descontar del precio final del producto y que no devolverá caso que nos echemos atrás, o por ejemplo cuando formalizamos un contrato de arras, etc., y sin embargo, cuando en un restaurante nos lo comunican, hasta nos ofende.

El cobro de reservas, de un aperitivo, del agua del grifo, los suplementos por terraza, el suplemento por limpieza o desinfección extra, por un aperitivo no solicitado, los precios de carnes, pescados y mariscos en carta con indicación de referencia a pesos, el que nos den un precio exacto de un producto fuera de carta que nos ofrezcan, el facturar por servicio de mesa o por el cubierto, la inclusión del IVA en los precios, la entrega de ticket o factura con detalle así como el derecho a solicitar la hoja de reclamaciones y detallar el motivo de la queja, entre otros, forma parte del glosario de derechos y obligaciones tanto del cliente como del establecimiento y su conocimiento previo, desde luego, es más que conveniente, sobre todo si queremos “protestar” con fundamento y “defendernos” con criterio.

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